martes, abril 23, 2024
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Toque de queda empezará a las 7pm de lunes a viernes y los fines de semana a las 5pm

Se dispone una gracia de libre circulación de 3 horas adicionales todos los días

SANTO DOMINGO.- El Gabinete de Salud informó que a partir del miércoles 27 el nuevo horario de toque de queda será de lunes a viernes de 7:00 de la noche a 5:00 de la mañana y los fines de semana desde las 5:00pm hasta las 5:00 am.

Raquel Peña, quien coordina el Gabinete de Salud, dijo que en esta nueva medida se dispone una gracia de libre circulación de 3 horas adicionales todos los días, con el único propósito de que las personas puedan dirigirse a sus respectivas residencias. En consecuencia habrá libre tránsito de lunes a viernes hasta las 10:00pm y los sábados hasta las 8:00pm.

Asimismo se instruye a las entidades públicas que prestan servicios de transporte público, tales como la OPRET y la OMSA, a ofrecer sus servicios durante el horario de la gracia de libre circulación.

Durante el horario del toque de queda se permitirá la circulación de las siguientes personas:

  1. Personas dedicadas a los servicios de salud, tales como médicos, enfermeros, bioanalistas, personal paramédico y personal farmacéutico.
  • Personas con alguna emergencia médica que necesiten dirigirse a algún centro de salud o farmacia.
  • Personas dedicadas a labores de seguridad privada debidamente identificadas.
  • Miembros de la prensa y demás medios de comunicación debidamente acreditados.
  • Operadores de vehículos y técnicos de empresas e instituciones prestadores de servicios de energía, agua, telecomunicaciones y recogida de desechos sólidos debidamente identificados, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.
  • Operadores de vehículos dedicados a la distribución urbana e interurbana de mercancías, insumos y combustible debidamente identificados exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.  
  • Personas que laboren en la industria y comercio de alimentos y productos médicos y farmacéuticos y estén en tránsito hacia y desde sus lugares de trabajo, siempre que porten identificación de una empresa autorizada por la Comisión de Alto Nivel para la Prevención y Control del Coronavirus.
  • Empleados o contratistas de restaurantes, farmacias o colmados que brinden servicios a domicilio de alimentos cocidos, crudos o medicamentos, tendrán permiso para circular hasta las 11:00 pm., exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.
  1. Pasajeros internacionales y operadores de vehículos particulares o comerciales que estén trasladando a estos, así como empleados del sector de transporte marítimo y aéreo debidamente identificados en tránsito hacia o desde puertos y aeropuertos.
  • Empleados de empresas que brinden servicios funerarios, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.
  • Empleados o contratistas de los sectores de hotelería, minería y zonas francas, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.
  • Empleados de OPRET y OMSA, tras la culminación de sus labores, siempre que estén debidamente identificados y se dirijan hacia sus hogares.

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